Señor usuario,

 

A continuación, se establece nuestra política de financiamiento y cobranza de crédito tomado en cualquiera de nuestros puntos de venta, con el fin de dar facilidad a la adquisición de nuestros productos, y de tal manera seguir siendo reconocidos por el valor que aportamos al mercado, propendiendo un consumo consciente y asequible al dar mayores facilidades de pago por artículos únicos, exclusivos y vanguardistas, con precios competitivos y justos en el mercado nacional.


Procedimiento para tomar crédito de consumo:

 

  1. Se realiza un estudio o viabilidad de asignación de crédito, según su comportamiento habitual financiero y comercial, por ende, deberá firmar la autorización de tratamiento de datos personales, financieros y comerciales que será entregada por nuestro asesor comercial al momento de decidir tomar el crédito de consumo.

 

  1. Si los resultados derivados del estudio o viabilidad de asignación de crédito son positivos, se procederá a establecer la forma de pago y la temporalidad del cumplimiento de la obligación de manera particular según su capacidad de pago.

 

  1. Luego de establecerse la forma y periodos de pago, se intregará la obligación o el crédito de consumo como tal a un titulo valor denominado Pagaré, el cual no solo incorporará la obligación principal, sino también la forma de pago, cuotas o el pago único según sea el caso, el interes corriente para microcréditos de consumo que será variable en el tiempo según así lo establezca la superintendencia financiera de Colombia de manera trimestral. De igual manera según sea el caso, se podrá exigir al momento de perfeccionarse la obligación, garantias reales o personales que respalden el valor del crédito tomado, por medio de figuras legales como lo son el fiador, el codeudor, garantias mobiliarias e hipoteca.

 

Parágrafo. El titulo valor es único y original, por ende, se establecerá igualmente en la factura de venta o documento equivalente el valor total de la obligación, forma de pago y cuotas o cuota en la que se distribuye e integra el crédito de consumto tomado, en razón, a que el titulo valor denominado Pagaré, será portado única y exclusivamente por SBQ COLOMBIA S.A.S., sus representantes, mandatarios, herederos, accionistas, empleados, o por cualquier otro a quien éste delegue tal función.

 

Procedimiento de cobro de la obligación adquirida:

 

  1. Se le recuerda al usuario que, al momento de adquirir la obligación crediticia, será enteramente su responsabilidad el estar al día con los pagos en las fechas acordadas, y de igual manera se excluye toda responsabilidad por parte de SBQ COLOMBIA S.A.S. o cualquiera de sus representantes, en razón de no recordar previamente al deudor el pago oportuno de su obligación.

 

  1. Si el usuario o deudor, no cumple oportunamente con el pago o los pagos a los cuales se comprometió previamente, se le notificará de manera personal por medio de nuestro gestor de cobranzas, con el fin de recordarle el pago agil de su obligación, dado que, la tardanza en el pago genera interes moratorios que de igual manera son establecidos por la superintendencia financiera periodicamente y serán causados al momento del incumplimiento del pago.

 

  1. Agotado el trámite anterior, se procederá a realizar cobro prejurídico por parte de nuestra firma de abogados en su labor de cobranza y recaudación de cartera vencida; gestión que será cobrada por parte de ésta, por un valor del 10 % sobre el monto adeudado en cabeza del titular de la obligación o de quienes respalden la misma.

 

  1. Si el trámite anterior no genera una respuesta positiva por parte del deudor o deudores según sea el caso, se procederá a iniciar el cobro de la obligación por vía judicial a través del proceso ejecutivo.

 

 

Cordialmente,

 

 

 

Santiago Barrientos Quintero

Representante Legal

SBQ COLOMBIA S.A.S.